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TERCERÍAS
PRECEPTO LEGAL: Se modifica el apartado 1 del artículo 119 RGR, interposición de la tercería, con entrada en vigor el 01/01/2018.
Desde una perspectiva de eficacia, para lograr reconocer los derechos del tercerista en vía administrativa, evitando los costes de acudir a un proceso judicial, se elimina la obligación de aportación de originales en la reclamación de tercería.
PRECEPTO LEGAL: Se modifica el apartado 2 del artículo 120 RGR, plazo de resolución tercería, con entrada en vigor el 01/01/2018.
En línea con lo previsto por la normativa general para los procedimientos de aplicación de los tributos, se eleva el plazo de resolución del procedimiento de tercería desde 3 a 6 meses.