Hola. Actualmente, la competencia para conocer y resolver de la suspensión con otras garantías corresponde al órgano administrativo, pero ¿es posible que anteriormente correspondiera a los TEA y esto se haya modificado? Es que me suena que esto pudiera ser así. Muchas gracias.
Última Edición: 5 años 3 meses antes por webmaster.
En la convocatoria anterior eran los tea los que decidían dicha suspensión cuando se trata de otras garantías, ahora no sé si ha cambiado, pero antes al menos, era así
buenas, no me queda muy claro este tema, entonces una solicitud de suspensión de un acto con otras garantías, a que órgano concreto corresponde su resolución. gracias