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- Tema 26 THAC - Régimen especial simplificado IVA (límites exclusión) ¿Sabéis cual es el límite correcto?
Tema 26 THAC - Régimen especial simplificado IVA (límites exclusión) ¿Sabéis cual es el límite correcto?
23 Abr 2020 14:48 - 23 Abr 2020 18:02 #97977
por JMS
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Hola a todos, estoy repasando el tema tema 26 de técnicos y tengo anotado en mis apuntes que es causa de exclusión del régimen especial simplificado que las adquisiciones e importaciones para el conjunto de actividades excluidas las de elemento del inmovilizado superen el año inmediatamente anterior 250.000 €. En la ley pone claramente 150.000 € (art. 122 modificación en vigor desde el 01/01/2016). He repasado el tema del CEF y pone 250.000 €. ¿Sabéis cual es el límite correcto? No consigo aclarar si esa modificación entró en vigor.
Gracias por adelantado.
Gracias por adelantado.
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- JMS
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23 Abr 2020 15:56 #97979
por elagentedel87
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Hola!
Curiosamente esta misma mañana me he estudiado el tema por primera vez y si te fijas en el final del artículo (míralo en noticias jurídicas por ejemplo) te dice que donde pone 150.000 para 2020 (y otros años anteriores) será 250.000. Lo mismo pasa para el Régimen General de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Te copio y pego lo que pone:
"Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2º y el número 3º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124, queda fijada en 250.000 euros, conforme establece la disposición transitoria decimotercera de la presente Ley."
Curiosamente esta misma mañana me he estudiado el tema por primera vez y si te fijas en el final del artículo (míralo en noticias jurídicas por ejemplo) te dice que donde pone 150.000 para 2020 (y otros años anteriores) será 250.000. Lo mismo pasa para el Régimen General de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Te copio y pego lo que pone:
"Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2º y el número 3º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124, queda fijada en 250.000 euros, conforme establece la disposición transitoria decimotercera de la presente Ley."
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- elagentedel87
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23 Abr 2020 16:05 #97980
por JMS
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Gracias, estoy últimamente un poco espeso y no me percaté.
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- JMS
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24 Abr 2020 12:51 #98015
por Vlaco
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Disposición transitoria decimotercera. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2º y el número 3º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.
Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2º y el número 3º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.
El siguiente usuario dijo gracias: Romi
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31 Ene 2021 01:15 #117397
por ATENEA
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Por favor!
Los límites de excluir en régimen agricultura ?
250.000 actividades agrícolas. ....
150.000 restantes actividades
y 150.0000 adquisiciones e importaciones excluido inmovilizado
Los límites de excluir en régimen agricultura ?
250.000 actividades agrícolas. ....
150.000 restantes actividades
y 150.0000 adquisiciones e importaciones excluido inmovilizado
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31 Ene 2021 09:54 #117399
por elagentedel87
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Buenos días,
250.000 para todo.
Disposición transitoria decimotercera. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.
250.000 para todo.
Disposición transitoria decimotercera. Límites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Para los ejercicios 2016, 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021, la magnitud de 150.000 euros a que se refiere el primer guion del número 2.º y el número 3.º del apartado dos del artículo 122, y el número 6.º del apartado dos del artículo 124 de esta Ley, queda fijada en 250.000 euros.
El siguiente usuario dijo gracias: laurahacienda2017
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- elagentedel87
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31 Ene 2021 10:07 #117401
por Entrena Cuesta
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Son 250.000 también para estimación objetiva del IRPF?
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- Entrena Cuesta
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31 Ene 2021 15:20 #117419
por ATENEA
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Y en el Régimen Simplificado IRPF?
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31 Ene 2021 18:25 #117434
por ATENEA
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De iva q me he liado
También son 250.000 en los tres casos? .
También son 250.000 en los tres casos? .
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