79 RGR. Embargo cuentas a plazo fijo
02 Feb 2020 12:27 #94638
por She-ra
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¿Me puede poner alguien un ejemplo del art 79 RGR?
Si se trata de cuentas a plazo, el ingreso deberá realizarse en la fecha indicada en el párrafo anterior o al día siguiente del fin del plazo, según qué fecha sea posterior.
No lo debo de estar entendiendo bien, creo que es más lógico que la fecha sea anterior.
Si se trata de cuentas a plazo, el ingreso deberá realizarse en la fecha indicada en el párrafo anterior o al día siguiente del fin del plazo, según qué fecha sea posterior.
No lo debo de estar entendiendo bien, creo que es más lógico que la fecha sea anterior.

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02 Feb 2020 13:12 #94639
por Radagast
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Primero se traba el importe. A los 20 días naturales se ingresa, salvo que sea un plazo fijo, entonces se ingresa una vez finalizado ese plazo fijo si la fecha es posterior a esos 20 días naturales tras la traba
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