Infracciones Art. 198.2 LGT ¿qué ocurre si presentas declaración incorrecta fuera de plazo sin requerimiento previo y luego regularizas de forma voluntaria?

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5 años 5 meses antes - 5 años 5 meses antes #70066 por CLALLA
Hola chicos,

Mirando este artículo, me surgió una duda. Entiendo que si presentas una declaración incorrecta en plazo y regularizas de forma voluntaria, sólo proceden consecuencias por la segunda declaración. Mi duda es qué ocurre si presentas declaración incorrecta fuera de plazo sin requerimiento previo y luego regularizas de forma voluntaria......
Si me podéis echar una mano.....mil gracias!
Última Edición: 5 años 5 meses antes por webmaster.

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  • Inspector ghaches
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5 años 5 meses antes #70067 por Inspector ghaches
Respuesta de Inspector ghaches sobre el tema Duda con el 198.2 LGT
En el supuesto que describes es distinto según presentes autoloquidacion a ingresar (si regularizas tarde y sin requerimiento) se aplicaria el art 27.
O
Autoloquidacion a devolver (regularizas tarde y sin requerimiento) se aplicaria el art 198 lgt.

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5 años 5 meses antes #70068 por Inspector ghaches
Respuesta de Inspector ghaches sobre el tema Duda con el 198.2 LGT
Ojo.
Si presentas autoloquidacion incorrecta se aplicaria el art 199.
Yo te hablé en caso de que retularizes.
Art 27 si es a ingresar
Art 198 si es a devolver.

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5 años 5 meses antes - 5 años 5 meses antes #70069 por CLALLA
Respuesta de CLALLA sobre el tema Duda con el 198.2 LGT
Muchas gracias por responder tan rápido!!
Entonces....a ver si lo entendí....si presentas primera declaración incorrecta fuera de plazo no hay posibilidad de regularizar voluntariamente en ningún caso, verdad?
Por ejemplo, presentas autoliquidación a devolver fuera de plazo sin requerimiento previo y posteriormente presentas autoliquidación complementaria solicitando menor importe de devolución: por la primera liquidación sería solicitud indebida (194 LGT) y por la segunda presentación fuera de plazo (198 LGT)?
o presentas por ejemplo declaración informativa fuera de plazo sin requerimiento previo y posteriormente la subsanas sin requerimiento previo....aquí se aplicaría el 199 LGT por la primera declaración y el 198 LGT por la segunda??
Última Edición: 5 años 5 meses antes por CLALLA.

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5 años 5 meses antes #70071 por Innacio
Respuesta de Innacio sobre el tema Duda con el 198.2 LGT
No, precisamente eso es lo que dice el art. 198.2 LGT, que no habrá sanción por el 194 o 199 LGT respecto lo declarado en plazo, y se aplicaría el 198 LGT por lo presentado fuera de plazo
El siguiente usuario dijo gracias: CLALLA

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5 años 5 meses antes #70072 por CLALLA
Respuesta de CLALLA sobre el tema Duda con el 198.2 LGT
Gracias Innacio....pero hablo si la primera declaración incorrecta se presenta fuera de plazo, no en plazo...ya que el 198.2 se refiere únicamente al supuesto de que presentaras en plazo la declaración incorrecta...sería entonces como digo? sanción por ambas declaraciones?

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