- FORO
- OPOSITORES HACIENDA
- Conflicto aplicación norma (art. 15 LGT): ¿qué pasa si el informe se emite después de finalizar el procedimiento inspector?
Conflicto aplicación norma (art. 15 LGT): ¿qué pasa si el informe se emite después de finalizar el procedimiento inspector?
12 Abr 2018 17:43 - 12 Abr 2018 18:50 #58565
por neeme
COM_KUNENA_MESSAGE_CREATED_NEW
¿Qué pasa si el informe regulado en el artículo 159 LGT se emite después de finalizar el procedimiento inspector?
COM_KUNENA_EDITING_LASTEDIT_ON_BY
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- neeme
-
Autor del tema
12 Abr 2018 17:46 #58567
por Rita Levi
Medita en movimiento.
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
No podría pasar, ya que es uno de los supuestos de suspensión del Art.150.3 LGT....Se suspende el procedimiento por un plazo máximo de 3 meses y luego continuaría..
Medita en movimiento.
El siguiente usuario dijo gracias: neeme
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Rita Levi
-
- Fuera de línea
Menos
Más
- Mensajes: 1544
12 Abr 2018 18:23 #58579
por Daselend
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
Si que "podría pasar" si transcurren mas de 4 meses, el 150.3 establece que no se podrán realizar actuaciones, pero en el caso de conflicto en la norma dice que el plazo de suspensión no puede exceder del plazo máximo para la emisión del informe, esto es 3+1 si hay acuerdo motivado, eso no significa que el informe se dicte necesariamente en ese plazo.
Aun así, poco sentido tiene que la inspección finalice el procedimiento sin recibir el informe.
Aun así, poco sentido tiene que la inspección finalice el procedimiento sin recibir el informe.
El siguiente usuario dijo gracias: Rita Levi, neeme
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Daselend
-
- Fuera de línea
Menos
Más
- Mensajes: 175
12 Abr 2018 18:57 #58585
por Rita Levi
Medita en movimiento.
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
Sí, perdón...tienes razón..
Medita en movimiento.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Rita Levi
-
- Fuera de línea
Menos
Más
- Mensajes: 1544
12 Abr 2018 19:21 - 12 Abr 2018 19:21 #58587
por Elena
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
159.5
Se reanudará el cómputo del plazo de las actuaciones inspectoras y se podrán dictar liquidaciones provisionales en relación a aquellos elementos de la obligación que no estén relacionados con lo analizado en el famoso informe del 159
Creo que es lo más relevante
Se reanudará el cómputo del plazo de las actuaciones inspectoras y se podrán dictar liquidaciones provisionales en relación a aquellos elementos de la obligación que no estén relacionados con lo analizado en el famoso informe del 159
Creo que es lo más relevante
COM_KUNENA_EDITING_LASTEDIT_ON_BY
El siguiente usuario dijo gracias: Rita Levi, Daselend, neeme
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- Elena
-
- Fuera de línea
Menos
Más
- Mensajes: 189
12 Abr 2018 21:32 #58611
por miguel2002
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
Solo por añadir, el informe de la comisión consultiva debe emitirse en todo caso, aunque se hayan pasado de los 4 meses, y es vinculante, por lo que sería un recurso de cabeza si la liquidación perjudicase al obligado y la consideración fuese distinta a la dada por la inspección al regularizar.
Como nos decía mi profesor, lo lógico es que si no te queda mucho plazo del procedimiento inspector no se plantee la existencia del confilcto por parte de la inspección.
Como nos decía mi profesor, lo lógico es que si no te queda mucho plazo del procedimiento inspector no se plantee la existencia del confilcto por parte de la inspección.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
- miguel2002
-
Related topics
- FORO
- OPOSITORES HACIENDA
- Conflicto aplicación norma (art. 15 LGT): ¿qué pasa si el informe se emite después de finalizar el procedimiento inspector?
Tiempo de carga de la página: 0.185 segundos