IS: 21,22,31,32
20 Nov 2023 11:21 #155327
por antoniotpt
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Fundamental para entender el ajuste a realizar en estos artículos de la LIS.
Cuando dicen “no se integra en la BI”, se refiere a que hay que hacer un ajuste negativo o positivo?
Yo entiendo que, por ej de acuerdo con el 21.6 de la LIS “no se integrarán en la BI las rentas negativas derivadas de la transmisión de la participación de una entidad” (repito entiendo) que esas rentas no son deducibles y al ser “ingresos” el ajuste que hay que hacer es negativo, dando lugar como dicen a que no se integran en la BI. Pero no se si es asi o Justo al revés.
Igual me pasa cuando te habla de rentas positivas exentas…. Entiendo q siempre dan lugar a ajuste negativo permanentes… entendiendo q la exención juega como un “no deducible”… estoy en lo cierto? Gracias!
Cuando dicen “no se integra en la BI”, se refiere a que hay que hacer un ajuste negativo o positivo?
Yo entiendo que, por ej de acuerdo con el 21.6 de la LIS “no se integrarán en la BI las rentas negativas derivadas de la transmisión de la participación de una entidad” (repito entiendo) que esas rentas no son deducibles y al ser “ingresos” el ajuste que hay que hacer es negativo, dando lugar como dicen a que no se integran en la BI. Pero no se si es asi o Justo al revés.
Igual me pasa cuando te habla de rentas positivas exentas…. Entiendo q siempre dan lugar a ajuste negativo permanentes… entendiendo q la exención juega como un “no deducible”… estoy en lo cierto? Gracias!
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20 Nov 2023 16:54 #155331
por Jezabelfm1989
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Buenas tardes compi!
Cuando habla de no se integran es que no se tendrán en cuenta fiscalmente pero el ajuste será positivo o negativo dependiendo de lo que se trate:
¿Qué supone para ti en CONTABILIDAD? ¿Gasto o Ingreso?
Si es GASTO = ajuste positivo (hay que quitar el gasto al no ser deducible)
Si es INGRESO = ajuste negativo (ingreso que no se puede integrar en la BI)
En el caso del art21 y 22, no son ajustes extracontables como tal, ya que son EXENCIONES.
Si están exentas las R+ por cumplir con los requisitos SE RESTARAN DEL RTO CONTABLE.
Si no son deducibles R- fiscalmente, se sumarán.
En el caso del art31 y 32, son deducciones que minorarán la CI si se pueden aplicar.
Decirte también, que cuando hablan de rentas negativas, son PERDIDAS/GASTOS = ajuste positivo como en el art21.6
el art21.3 habla de las positivas
Espero haberte ayudado!
Cuando habla de no se integran es que no se tendrán en cuenta fiscalmente pero el ajuste será positivo o negativo dependiendo de lo que se trate:
¿Qué supone para ti en CONTABILIDAD? ¿Gasto o Ingreso?
Si es GASTO = ajuste positivo (hay que quitar el gasto al no ser deducible)
Si es INGRESO = ajuste negativo (ingreso que no se puede integrar en la BI)
En el caso del art21 y 22, no son ajustes extracontables como tal, ya que son EXENCIONES.
Si están exentas las R+ por cumplir con los requisitos SE RESTARAN DEL RTO CONTABLE.
Si no son deducibles R- fiscalmente, se sumarán.
En el caso del art31 y 32, son deducciones que minorarán la CI si se pueden aplicar.
Decirte también, que cuando hablan de rentas negativas, son PERDIDAS/GASTOS = ajuste positivo como en el art21.6
el art21.3 habla de las positivas
Espero haberte ayudado!
El siguiente usuario dijo gracias: Jose644
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