question-circle Garantías de terceros para el aplazamiento de una deuda tributaria (art 81 y 82)

29 Sep 2023 16:28 - 02 Oct 2023 15:47 #154721 por juliaferrer
COM_KUNENA_MESSAGE_CREATED_NEW
Buenas tardes, me surge una duda en cuanto a las garantías de los aplazamientos y fraccionamientos de la deuda tributaria:

Si nos encontramos ante un caso en el que el obligado tributario necesita aplazar o fraccionar su deuda, ya que su situación económico-financiera le impide, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos (cumple el art. 65 LGT) y la administración le exige que se constituya a su favor aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución conforme al art. 82 de la LGT para aceptar el aplazamiento o fraccionamiento, en el caso de que al obligado tributario (persona física) no se le conceda ningún aval de entidad de crédito o certificado de seguro de caución, puede una persona jurídica del obligado tributario, es decir una sociedad pedir un aval y qué esté sirva de garantía ante Hacienda para aplazar o fraccionar la deuda? o eso no es posible? tiene que ser el propio obligado tributario en su nombre propio el que solicite el aval o lo puede solicitar una empresa suya?

No se si me he explicado, muchas gracias.
COM_KUNENA_EDITING_LASTEDIT_ON_BY

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
29 Sep 2023 17:52 #154723 por yoolanda17
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
Yo entiendo que es la misma persona que solicita el aplazamiento la que tiene que conseguir el aval a su nombre. Normalmente si se lo dan a su empresa se lo van a dar también a la persona física porque el banco para concederte el aval o no lo que va a fijarse es en tus condiciones económicas, si tu empresa está en buena posición económica y es suya, también la persona está en buena posición, pero bueno eso son especulaciones. La cuestión es que el aval tiene que estar a nombre de la persona que solicita el aplazamiento, eso yo creo que es así. Al final las personas jurídicas se han inventado precisamente para diferenciar a las personas fisicas de sus empresas y no mezclar una cosa con la otra.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
29 Sep 2023 17:53 #154724 por Uanchez
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW

juliaferrer escribió: Buenas tardes, me surge una duda en cuanto a las garantías de los aplazamientos y fraccionamientos de la deuda tributaria:

Si nos encontramos ante un caso en el que el obligado tributario necesita aplazar o fraccionar su deuda, ya que su situación económico-financiera le impide, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos (cumple el art. 65 LGT) y la administración le exige que se constituya a su favor aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución conforme al art. 82 de la LGT para aceptar el aplazamiento o fraccionamiento, en el caso de que al obligado tributario (persona física) no se le conceda ningún aval de entidad de crédito o certificado de seguro de caución, puede una persona jurídica del obligado tributario, es decir una sociedad pedir un aval y qué esté sirva de garantía ante Hacienda para aplazar o fraccionar la deuda? o eso no es posible? tiene que ser el propio obligado tributario en su nombre propio el que solicite el aval o lo puede solicitar una empresa suya?

No se si me he explicado, muchas gracias.


Hola,
En el propio art. 82 se habla de la fianza personal y solidaria como alternativa al aval o el certificado. Te recomiendo que te mires el reglamento. Ahi lo tienes todo mucho mejor explicado.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
29 Sep 2023 18:54 #154726 por dionijuanas
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
Échale un vistazo al reglamento de recaudación en su artículo 74 sobre la ejecución de las garantías

Opositor de Agente de Hacienda desde Diciembre de 2022

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
29 Sep 2023 19:36 #154728 por yoolanda17
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
La empresa puede ser el aval para la persona pero no es q la empresa solicite el aval como tal: Si no he entendido mal tu pregunta, creo q ibas mas por ahí.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
30 Sep 2023 12:51 #154744 por crisys
COM_KUNENA_MESSAGE_REPLIED_NEW
La fianza personal juraría que sólo se admite hasta deudas de 1500€.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.256 segundos