Propuesta solución examen conta ejercicio 2 TAC OEP2021
A modo de práctica, he hecho el examen de contabilidad de TAC de este año. Adjunto mi propuesta de solución. Agradeceré vuestros comentarios si encontráis algún error o veis algún ejercicio de forma distinta a como lo he resuelto yo.
Un saludo
El examen:
Mi solución (última versión corregida):
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8000-6660=1340
1340 (250) a (133) 1340
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Felicidades por el nivel que estás consiguiendo en contabilidad. Ánimo y a por el aprobado.
En el Supuesto 2. El Ajuste a Valor Razonable de las acciones de Blanco, yo lo habría contabilizado así :
Tenemos en Balance a 31 diciembre :
3600 = 100 accs x 36
Adquirimos en este ejercicio : 100 accs x 30 + 60 gastos = 3060
Valor Contable total Acciones Blanco en los libros de Tortuga = 6660
Al Cierre del Ejercicio, el VR es 40 por acción , por tanto 200x40 = 8000
Así , a 31 diciembre por el Ajuste a Valor Razonable de las Accs Blanco :
1340 (250) INV FIN L/P en Inst de Pat a Ajustes por VR con CPN (133) 1340
Espero no haberme confundido, soy un aprendiz en contabilidad. Suerte compis.
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- Dustin.
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Yo soy tac e hice el examen este año, el viernes de esta semana lo miraré a fondo, x ahora lo q he visto x encima me concuerda con mi examen. Si veo algun error te comento.
Solo tengo dos dudas de las q yo dudaba mucho en el examen:
1) ¿xq lo haces a VR y no a VC con norma 21? ( yo lo hice como tú pero dudé mucho en su momento y quiero saber si mi razonamiento es correcto)
2) xq el split no tiene asiento contable? ( yo indiqué que no había asiento contable xq decía que habían aprobado y no que habían efectuado, pero no estoy segura 100% de ello).
Gracias!
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- Virginia
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muchas gracias Witty, estoy aprendiendo mucho con tu solución de este examen.
Respecto al Supuesto 4 :
Yo entiendo que es más apropiado la cuenta 705. El enunciado menciona 'SERVICIOS'. Para la venta de los 1000 tickets a la agencia de viajes, que comercializa sus servicios..
En esta cuenta 705 "prestaciones de servicios", se registran aquellas transacciones, con prestación de los servicios objeto de tráfico de la empresa, mediante precio.
Ventas de mercaderías. En esta cuenta 700 "Venta de mercaderías" se registran aquellas transacciones, con salida o entrega de los bienes objeto de tráfico de la empresa, mediante precio.
SUPUESTO 4. Respecto al asiento del Rappel, mencionas anticipo, y no es un anticipo, es un descuento posterior , por el volumen de la venta.
El rappel es un tipo de descuento posterior que un proveedor ofrece a su cliente cuando este llega a un determinado volumen de compras.Yo lo contabilizaaría así :
342 (709) «Rappels» sobre ventas
(17.100*0,02)
71,82 (477) HP IVA REP
(342 x 0,21)
a Clientes (430) 413,82
SUPUESTO 4. Descuento por pronto pago.
El asiento que has hecho POR LA DEVOLUCIÓN, yo entiendo que no debe hacerse, porque dice el enunciado que el DESCUENTO ESTÁ INCLUIDO EN LA FACTURA.
Yo entiendo, que ya está restado en el asiento que tú citas POR LA COMPRA, y el segundo asiento no se debe hacer.
Suerte.
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- Dustin.
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Dustin. escribió: Hola,
muchas gracias Witty, estoy aprendiendo mucho con tu solución de este examen.
Respecto al Supuesto 4 :
Yo entiendo que es más apropiado la cuenta 705. El enunciado menciona 'SERVICIOS'. Para la venta de los 1000 tickets a la agencia de viajes, que comercializa sus servicios..
En esta cuenta 705 "prestaciones de servicios", se registran aquellas transacciones, con prestación de los servicios objeto de tráfico de la empresa, mediante precio.
Ventas de mercaderías. En esta cuenta 700 "Venta de mercaderías" se registran aquellas transacciones, con salida o entrega de los bienes objeto de tráfico de la empresa, mediante precio.
SUPUESTO 4. Respecto al asiento del Rappel, mencionas anticipo, y no es un anticipo, es un descuento posterior , por el volumen de la venta.
El rappel es un tipo de descuento posterior que un proveedor ofrece a su cliente cuando este llega a un determinado volumen de compras.Yo lo contabilizaaría así :
342 (709) «Rappels» sobre ventas
(17.100*0,02)
71,82 (477) HP IVA REP
(342 x 0,21)
a Clientes (430) 413,82
SUPUESTO 4. Descuento por pronto pago.
El asiento que has hecho POR LA DEVOLUCIÓN, yo entiendo que no debe hacerse, porque dice el enunciado que el DESCUENTO ESTÁ INCLUIDO EN LA FACTURA.
Yo entiendo, que ya está restado en el asiento que tú citas POR LA COMPRA, y el segundo asiento no se debe hacer.
Suerte.
Mejor la 705 que la 700, sí, y también es cierto que me he liado con el rappel al decir el enunciado que no devuelve el dinero, sino que reconoce un crédito. Lo único que dudo si usar la 438 en lugar de la 430, ya que no se disminuye un activo, sino que se reconoce un pasivo por el crédito concedido al cliente.
Por el enunciado entiendo que se emite una primera factura con el descuento del 5%, que es lo que se incluye en factura, y luego, al realizarse la devolución, se emite una segunda factura reconociendo la devolución, por eso hago dos asientos: una que incluye el descuento del 5% y otra por la devolución.
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Virginia escribió: Gracias witi!
Yo soy tac e hice el examen este año, el viernes de esta semana lo miraré a fondo, x ahora lo q he visto x encima me concuerda con mi examen. Si veo algun error te comento.
Solo tengo dos dudas de las q yo dudaba mucho en el examen:
1) ¿xq lo haces a VR y no a VC con norma 21? ( yo lo hice como tú pero dudé mucho en su momento y quiero saber si mi razonamiento es correcto)
2) xq el split no tiene asiento contable? ( yo indiqué que no había asiento contable xq decía que habían aprobado y no que habían efectuado, pero no estoy segura 100% de ello).
Gracias!
No apliqué la NRV 21 porque consideré que no eran empresas del grupo, pero releyendo el enunciado veo que después de la compra del negocio La Mosca pasa a tener una participación del 20% en Tortuga, por lo que pasan a ser empresas asociadas. Mañana le doy otra vuelta al supuesto, que se las trae...
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en el Supuesto 4, en el pago de la nómina :
En el haber, cuenta 476, se suman la cuota obrera + la cuota patronal de la Seg Soc.
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- Dustin.
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Gracias!!
Si pudieras por favor subirlo de nuevo cuando termines de corregirte lo te lo agradecería xq voy a imprimirlo y ver si hay algún fallo para también ver q en q me equivoque yo en el examen cuando lo hice.
( cuando yo lo revise te lo subo de vuelta al foro) Thanks!!!
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- Virginia
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Virginia escribió: Sí, el supuesto se las trae, se ve que se aburrían y decidieron motivarse jeje…pues Justo ahí es mi duda.. ese 20% que aún me trae de cabeza y me hace dudar ( si es con NRV 21 iría a VC y sin FC ( con 113 reservas voluntarias y eso modifica bastante el supuesto).
Gracias!!
Si pudieras por favor subirlo de nuevo cuando termines de corregirte lo te lo agradecería xq voy a imprimirlo y ver si hay algún fallo para también ver q en q me equivoque yo en el examen cuando lo hice.
( cuando yo lo revise te lo subo de vuelta al foro) Thanks!!!
He revisado la NRV 21 y creo que el supuesto no entra dentro de la regla especial. Primero, porque no es ni aportación no dineraria de negocio, ni fusión ni escisión. Segundo, porque incluso aunque se considerara AND, tampoco entraría en la regla especial, de acuerdo con la consulta 6 BOICAC 74/2008. Por tanto, se aplica la regla general: valoración de la operación a valor de mercado.
En cuanto a la operación de stock split, entiendo que no procede asiento contable porque no modifica la estructura del balance: tanto el CS como la prima de emisión se mantienen en los mismos importes.
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Witty escribió:
Virginia escribió: Gracias witi!
Yo soy tac e hice el examen este año, el viernes de esta semana lo miraré a fondo, x ahora lo q he visto x encima me concuerda con mi examen. Si veo algun error te comento.
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Gracias!
No apliqué la NRV 21 porque consideré que no eran empresas del grupo, pero releyendo el enunciado veo que después de la compra del negocio La Mosca pasa a tener una participación del 20% en Tortuga, por lo que pasan a ser empresas asociadas. Mañana le doy otra vuelta al supuesto, que se las trae...
Para mí los ejercicios de convocatoria pueden tener dos características que pueden hacer el examen más complicado hasta el infinito:
1) Modificaciones de valor residual.
2) Modificaciones en los porcentajes de participación.
Esperanza, ¿tiene ilusiones una monja?
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- Jose644
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Tal como dice jose son límites que rozan las diferentes normas, en tac suelen usar los límites y deja un sabor de boca agridulce xq nunca te aseguras 100 % de cuál es más correcto ( de echo hay preparadores con diferentes opiniones algunas veces, pero claro corrige el tribunal y como no nos dan soluciones… en fin)
Muchas Gracias chic@s!!
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- Virginia
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Edito: subo una tercera versión incluyendo el cálculo del TIE de los bonos, que se me había pasado en las versiones anteriores.
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