¿Artículo 78 y 80 Código Aduanero de la Unión (CAU)?. Nacimiento deuda aduanera importacion x perfeccionamiento activo o incumplimiento importación temporal

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2 años 3 meses antes - 2 años 3 meses antes #132444 por Pilar
Buenas, agradecería mucho que alguien pudiera ponerme un ejemplo de lo siguiente:

- En el articulo 78 del código se recoge un supuesto especial de nacimiento de una deuda aduanera de importación para los casos de mercancía no originaria de la Unión incluida en el régimen de perfeccionamiento activo que adquiere el origen de la unión como consecuencia de la operación de transformación realizada sobre la misma y que es objeto de exportación con destino a un país o territorio tercero con aplicación de una preferencia arancelaria como mercancía originaria de la unión (regla de no draw back)

- El articulo 80 del código establece que, en el caso de nacimiento de una deuda aduanera de importación por incumplimiento respecto de mercancías incluidas en los regímenes de importación temporal con exención parcial o de destino final, el importe pagado como consecuencia de dichos regímenes será deducido del importe de la deuda aduanera nacida por incumplimiento.
Última Edición: 2 años 3 meses antes por webmaster.

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