Movilidad Panel Tecnicos THAC (puntos por cónyuge funcionario interino)
Soy técnico de Hacienda y he visto (en la página web de SIAT) que para la movilidad en concursos dan puntos por cónyuge aunque esta sea interina y de una Comunidad Autónoma.
El caso es que no se si será la misma valoración en caso de los paneles y era por si alguien lo sabía.
Además , indica algo del municipio pero no se si tiene que ser exactamente el mismo u otro que sea cercano (y tampoco sé si es el municipio donde trabaja o donde reside). Y hay que tener en cuenta que mi pareja, al ser interina, cambia de municipio de trabajo de vez en cuando.
Gracias a todos
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- novatillo
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- areca
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"El término funcionario alcanza a todas las Administraciones Públicas e incluye al personal Estatutario y a los funcionarios interinos si han obtenido su puesto mediante convocatoria pública."
El municipio de la plaza del panel es el municipio donde debe haberse trasladado el cónyuge interino antes de la adjudicación del panel. Por municipio se entiende municipio y no cercanía.
Esto es aplicable tanto a paneles como a concursos.
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- DUDU
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Independientemente de que haya sido años antes?areca escribió: Tanto en los concursos como en los paneles la puntuación por cónyuge funcionario se da sólo si éste ha obtenido por convocatoria pública un puesto definitivo, es decir, no aplicable a interinidades. Y sólo en el municipio donde radique el puesto definitivo.
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- Adrijo
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Adrijo escribió:
Independientemente de que haya sido años antes?areca escribió: Tanto en los concursos como en los paneles la puntuación por cónyuge funcionario se da sólo si éste ha obtenido por convocatoria pública un puesto definitivo, es decir, no aplicable a interinidades. Y sólo en el municipio donde radique el puesto definitivo.
Parece que sí
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Y sobre unión familiar, existe algun otro beneficio, por hijos...?
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- Adrijo
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Menuda vergüenza la conciliación en los paneles.
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- Txoko
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Txoko escribió: Independientemente de la pregunta, es una aberración que por tener un cónyuge funcionario se pueda pasar por encima de un derecho objetivo como es la antigüedad.
Menuda vergüenza la conciliación en los paneles.
No veo la aberración. Si quieres volver a "casa" a igualdad de nivel y complemento, pides panel y sumas (poco) por conciliación. Si quieres mejorar nivel y complemento pides concurso y ahí sí que sumas (casi solamente) por antigüedad.
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- Adrijo
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DUDU escribió:
Txoko escribió: Independientemente de la pregunta, es una aberración que por tener un cónyuge funcionario se pueda pasar por encima de un derecho objetivo como es la antigüedad.
Menuda vergüenza la conciliación en los paneles.
No veo la aberración. Si quieres volver a "casa" a igualdad de nivel y complemento, pides panel y sumas (poco) por conciliación. Si quieres mejorar nivel y complemento pides concurso y ahí sí que sumas (casi solamente) por antigüedad.
¿Y que conciliación es tener un cónyuge funcionario?
¿Si tu cónyuge es electricista no hay derecho a conciliar?
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Txoko escribió:
DUDU escribió:
Txoko escribió: Independientemente de la pregunta, es una aberración que por tener un cónyuge funcionario se pueda pasar por encima de un derecho objetivo como es la antigüedad.
Menuda vergüenza la conciliación en los paneles.
No veo la aberración. Si quieres volver a "casa" a igualdad de nivel y complemento, pides panel y sumas (poco) por conciliación. Si quieres mejorar nivel y complemento pides concurso y ahí sí que sumas (casi solamente) por antigüedad.
¿Y que conciliación es tener un cónyuge funcionario?
¿Si tu cónyuge es electricista no hay derecho a conciliar?
Conciliación es poder trasladarte al municipio donde vive tu cónyuge. Si solo se aplica a puestos de AAPP habrá que pelear porque también se aplique a la empresa privada (en eso no hay dudas).
La conciliación en paneles y concursos incluye también hijos y ascendientes a cargo. No metamos toda la conciliación en el mismo saco.
Como dice el compañero, a él sólo le sirve para adelantar a gente de su promoción, por lo que no parece que afecte demasiado a los derechos por antigüedad.
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DUDU escribió:
Adrijo escribió:
Independientemente de que haya sido años antes?areca escribió: Tanto en los concursos como en los paneles la puntuación por cónyuge funcionario se da sólo si éste ha obtenido por convocatoria pública un puesto definitivo, es decir, no aplicable a interinidades. Y sólo en el municipio donde radique el puesto definitivo.
Parece que sí
A qué te refieres con esto ?
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DUDU escribió:
Txoko escribió:
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Txoko escribió: Independientemente de la pregunta, es una aberración que por tener un cónyuge funcionario se pueda pasar por encima de un derecho objetivo como es la antigüedad.
Menuda vergüenza la conciliación en los paneles.
No veo la aberración. Si quieres volver a "casa" a igualdad de nivel y complemento, pides panel y sumas (poco) por conciliación. Si quieres mejorar nivel y complemento pides concurso y ahí sí que sumas (casi solamente) por antigüedad.
¿Y que conciliación es tener un cónyuge funcionario?
¿Si tu cónyuge es electricista no hay derecho a conciliar?
Conciliación es poder trasladarte al municipio donde vive tu cónyuge. Si solo se aplica a puestos de AAPP habrá que pelear porque también se aplique a la empresa privada (en eso no hay dudas).
La conciliación en paneles y concursos incluye también hijos y ascendientes a cargo. No metamos toda la conciliación en el mismo saco.
Como dice el compañero, a él sólo le sirve para adelantar a gente de su promoción, por lo que no parece que afecte demasiado a los derechos por antigüedad.
1,2 puntos por cónyuge funcionario, 1 punto por año trabajado.
Adelantas una promoción. Una auténtica aberración injustificable, de todas todas.
Si me dices la conciliación por hijos hasta te lo compro (más o menos, porque luego hay mucho jeta que los empadrona meses antes del panel), pero lo de los familiares a cargo daría para un libro. Abuelos a los que se visita poco menos que en Navidad resultan estar misteriosamente a cargo del funcionario que lleva sin verlos dos años... Reir por no llorar.
Totalmente injusta la conciliación. Si hay algo objetivo es la antigüedad, todo lo demás es pisar derechos de los demás que quieren llegar a su casa igual que quien tiene hijos o cónyuge.
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- Txoko
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Txoko escribió:
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Txoko escribió: Independientemente de la pregunta, es una aberración que por tener un cónyuge funcionario se pueda pasar por encima de un derecho objetivo como es la antigüedad.
Menuda vergüenza la conciliación en los paneles.
No veo la aberración. Si quieres volver a "casa" a igualdad de nivel y complemento, pides panel y sumas (poco) por conciliación. Si quieres mejorar nivel y complemento pides concurso y ahí sí que sumas (casi solamente) por antigüedad.
¿Y que conciliación es tener un cónyuge funcionario?
¿Si tu cónyuge es electricista no hay derecho a conciliar?
Conciliación es poder trasladarte al municipio donde vive tu cónyuge. Si solo se aplica a puestos de AAPP habrá que pelear porque también se aplique a la empresa privada (en eso no hay dudas).
La conciliación en paneles y concursos incluye también hijos y ascendientes a cargo. No metamos toda la conciliación en el mismo saco.
Como dice el compañero, a él sólo le sirve para adelantar a gente de su promoción, por lo que no parece que afecte demasiado a los derechos por antigüedad.
1,2 puntos por cónyuge funcionario, 1 punto por año trabajado.
Adelantas una promoción. Una auténtica aberración injustificable, de todas todas.
Si me dices la conciliación por hijos hasta te lo compro (más o menos, porque luego hay mucho jeta que los empadrona meses antes del panel), pero lo de los familiares a cargo daría para un libro. Abuelos a los que se visita poco menos que en Navidad resultan estar misteriosamente a cargo del funcionario que lleva sin verlos dos años... Reir por no llorar.
Totalmente injusta la conciliación. Si hay algo objetivo es la antigüedad, todo lo demás es pisar derechos de los demás que quieren llegar a su casa igual que quien tiene hijos o cónyuge.
No es siempre para vuelta a casa, es también para estar en el sitio de destino, esto es una empresa al fin y al cabo, y tendrá que tener beneficios para sus trabajadores, y es un derecho de todos, de manera que quien quiera usarlo, pues que se case con un@ compi y que tenga hijos, yo lo veo positivo, lo dicho, porque me beneficia
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- Adrijo
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