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¿se puede aportar una titulación académica superior al exigida en la convocatoria?
Alguien que haya aprobado las opos de alguno de los cuerpos de hacienda, ¿me podría decir si aportó sin problemas, cuando le solicitaron la documentación, un título superior al exigido en la convocatoria? Por ej., ¿alguien por aquí que aportara para Agentes sólo el título de la carrera universitaria?
Gracias!
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- Sherry86
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Sherry86 escribió: Buenas tardes!
Alguien que haya aprobado las opos de alguno de los cuerpos de hacienda, ¿me podría decir si aportó sin problemas, cuando le solicitaron la documentación, un título superior al exigido en la convocatoria? Por ej., ¿alguien por aquí que aportara para Agentes sólo el título de la carrera universitaria?
Gracias!
Yo estoy pendiente de que salga la resolución en el BOE para presentar el título, pero atendiendo a la resolución del año pasado ( www.agenciatributaria.es/static_files/AE...Aprobados_%20BOE.pdf ), no debería haber problema en presentar una titulación superior a la exigida:
Los opositores aprobados, que figuran en los citados anexos I.1 y I.2, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Reglamento, en relación con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en los registros de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a través de la página web: www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/p...mientoini/B201.shtml (aportar documentación complementaria), o de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, la siguiente documentación:
A) Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 522/2006 y la Orden PRE/3949/2006, para realizar la consulta de identificación personal a través del sistema de verificación de datos de identidad, según el modelo que figura como anexo II a esta Resolución. En caso de no autorizar la consulta deberá aportar fotocopia del documento de identidad.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
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Muchas gracias!!

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Lo único que van a hacer es remitir una copia del título a la central. No tienes que llevar nada más que el original y los dos anexos cubiertos que saldrán en el BOE cuando os publiquen y abran el plazo para presentar. No se van a quedar con ninguna copia ni nada. Te darán un resguardo de haberlo entregado.
Todas las comprobaciones, a estas alturas, ya estarán hechas con educación.
No os preocupéis por el trámite. Si, por la razón que sea, hay algún error, o cuando se acerca la fecha de fin de plazo ven que no habéis aportado la documentación o no les consta, llaman hasta dar con vosotros para que subsanéis lo que sea.
No hay ninguna posibilidad de que tengas un problema serio de tomar posesión por esta cuestión.
Un saludo.
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Si pusiste título de bachiller, debes aportar el título de bachilller. Si pusiste una titulación superior a la exigida (grado, diplomatura, licenciatura, master, doctorado) debes aportar esa.
Saludos.
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Alvaro_90 escribió: Compañero von mises están mirando este año mucho la documentación este año puede ser que no la tengamos que aportar nosotros?
Si, la tendréis que aportar. El año pasado también la miraron ellos, pero hay que aportarla igual.
Oposihaciendaagente escribió: Debes aportar la documentación que pusiste en la solicitud a la hora de inscribirte.
Si pusiste título de bachiller, debes aportar el título de bachilller. Si pusiste una titulación superior a la exigida (grado, diplomatura, licenciatura, master, doctorado) debes aportar esa.
Saludos.
No.
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