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- recargo artículo 28 LGT ingresa la cuota a pagar antes de notificarse la providencia de apremio
recargo artículo 28 LGT ingresa la cuota a pagar antes de notificarse la providencia de apremio
El 10 de julio, ya iniciado el período ejecutivo, ingresa los 500€ restantes antes de que la Administración le notifique providencia de apremio.
Recargo aplicable: 0,05 x 1000 = 50€
Es correcto, no?
O al haber ingresado 500€ en período voluntario el recargo solo se calcularía sobre los otros 500€?
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- Ferumbras
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- Fuera de línea
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Ferumbras escribió: Un obligado presenta autoliquidación de IRPF en plazo con resultado 1000€ a ingresar. Al tiempo de presentar la autoliquidación ingresa 500€.
El 10 de julio, ya iniciado el período ejecutivo, ingresa los 500€ restantes antes de que la Administración le notifique providencia de apremio.
Recargo aplicable: 0,05 x 1000 = 50€
Es correcto, no?
O al haber ingresado 500€ en período voluntario el recargo solo se calcularía sobre los otros 500€?
Sobre la cuantía dejada de ingresar en periodo voluntario.
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- Opo32
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- Fuera de línea
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Ferumbras escribió: Un obligado presenta autoliquidación de IRPF en plazo con resultado 1000€ a ingresar. Al tiempo de presentar la autoliquidación ingresa 500€.
El 10 de julio, ya iniciado el período ejecutivo, ingresa los 500€ restantes antes de que la Administración le notifique providencia de apremio.
Recargo aplicable: 0,05 x 1000 = 50€
Es correcto, no?
O al haber ingresado 500€ en período voluntario el recargo solo se calcularía sobre los otros 500€?
Será 0,05 x 500 = 25€
Lo has explicado bien y calculado mal.
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- morysmaf
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- Mariajocres
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- Fuera de línea
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No corresponde recargo por extemporánea, ya que se ha presentado en plazo.Mariajocres escribió: Más recargo que corresponda del art. 27 sobre los 1000. No olvidarlo.
Respecto a la duda del tema, fíjate en el art 28, "Dichos recargos (los del período ejecutivo) son incompatibles entre sí y se calcularán sobre la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario", es decir, sobre los 500 que no se han ingresado.
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- PdM_00
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- Mariajocres
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- Fuera de línea
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