Tengo una duda sobre un tema urgente que me atañe a ver si alguien me podría ayudar:
Si se pagan deudas en periodo ejecutivo con Hacienda...,¿Hacienda se puede negar a emitir un certificado de estar al corriente de deudas?. Según me indican hasta que el pago no conste registrado en sus bases de datos la deuda no consta pagada.
Les he remitido el NRC del pago pero indican que no es suficiente... hasta que el banco se los comunique. Lo que pasa es que es un certificado que me urge .
Alguien me podría orientar?
Muchas gracias de antemano.
Un cordial saludo
Última Edición: 3 años 5 meses antes por webmaster.