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- Contabilidad - aplicación del resultado - Valor neto contable I+D = reservas disponibles ¿se minoran éstas por los resultados negativos de ejercicios anteriore
Contabilidad - aplicación del resultado - Valor neto contable I+D = reservas disponibles ¿se minoran éstas por los resultados negativos de ejercicios anteriore
Imagino que estás haciendo una aplicación del resultado y se quieren repartir dividendos.
Yo entiendo por el Art 273 TRLSC, que se pueden repartir dividendos teniendo resultados negativos de ejercicios anteriores (siempre que eso no haga que el PN<Capital Social), pero no si no está cubierto el VC de los activos de I+D con reservas libres.
A ver si me explico... Si se quieren repartir el máximo de dividendos,una vez cumplidas las atenciones legales y estatutarias, yo primero compruebo si están cubiertos con reservas libres los gastos de I+D activados, porque si no lo están tengo que dotarlas para poder repartir dividendos, después compruebo que el PN no es < al Capital Social como consecuencia del reparto, si lo es, tengo que compensar parte de las pérdidas hasta igualarlos, y si no lo es, pues nada.
No sé si me he explicado bien... Espero haberte ayudado.
Si me equivoco que alguien me corrija y así aprendemos todos

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Conclusión, la respuesta a tu pregunta sería que sí, siempre que las reservas indisponibles no te hayan bastado para cubrir el importe de las pérdidas.
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Delegada escribió: Según yo entiendo, lo que busca la resolución del ICAC es que siempre haya una compensación "material" de las pérdidas acumuladas de otros años con las reservas que tengas reflejadas en el balance. Lo que yo interpreto de la definición de beneficio distribuible es que primero intentas compensar materialmente las pérdidas con las reservas indisponibles y, si eso no es suficiente, compensas a continuación con las reservas disponibles. Claro, la parte de reservas disponibles que usas para "compensar" pérdidas acumuladas ya no estaría disponible para cubrir el importe de los gastos de I+D activados. Esta resolución es mucho más restrictiva en este sentido que el TRLSC, porque lo que quiere evitar es que con la misma reserva disponible estés cubriendo pérdidas y a la vez los gastos de I+D, o yo por lo menos lo entiendo así, no sé si alguien tiene otra opinión.
Conclusión, la respuesta a tu pregunta sería que sí, siempre que las reservas indisponibles no te hayan bastado para cubrir el importe de las pérdidas.
Totalmente de acuerdo!
Lo primero que se me vino a la cabeza fue el TRLSC, pero la RICAC explica el beneficio distribuible tal cual dices.
Muchas gracias!
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