Valor teórico Acción (artículo 3.7 RICAC 05/03/2019).
El supuesto (simplificando) sería algo así:
Una sociedad cuenta con un capital de 50.000 acciones de 10€ de valor nominal, quiere ampliar capital para recibir una aportación no dineraria tasada por el perito en 105.000€. El valor de emisión se hará en función del valor del PN de la entidad antes de la ampliación:
Patrimonio Neto....................................450.000
Capital social......................................500.000
Socios por desembolsos no exigidos...(50.000)
¿A la hora de calcular el valor teórico de las acciones antiguas, que será el valor de emisión de las antiguas cómo lo hacéis?
Entiendo que el VT es = PN/ número de acciones, 450.000/50.000, pero no tengo claro si hay que sumar el importe no desembolsado porque no entiendo bien el art 3.7 de la RICAC.
Gracias
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MrFormal escribió: Hola, me surge una duda acerca del cálculo del Valor teórico de una acción de acuerdo con el art 3.7 de la RICAC 5/3/2019
El supuesto (simplificando) sería algo así:
Una sociedad cuenta con un capital de 50.000 acciones de 10€ de valor nominal, quiere ampliar capital para recibir una aportación no dineraria tasada por el perito en 105.000€. El valor de emisión se hará en función del valor del PN de la entidad antes de la ampliación:
Patrimonio Neto....................................450.000
Capital social......................................500.000
Socios por desembolsos no exigidos...(50.000)
¿A la hora de calcular el valor teórico de las acciones antiguas, que será el valor de emisión de las antiguas cómo lo hacéis?
Entiendo que el VT es = PN/ número de acciones, 450.000/50.000, pero no tengo claro si hay que sumar el importe no desembolsado porque no entiendo bien el art 3.7 de la RICAC.
Gracias
Creo que el VT sería el siguiente: PNmercantil/nº de acciones ==> 500.000/50.000 = 10 €/acción
La parte no desembolsada supone el 10% (50.000/500.000), por tanto, habría que restarle a 10 ese 10% tal que ==> 10 - 0,1 = 9,9 €/acción
No sé si estoy en lo cierto o no, a ver si con la ayuda de más compis podemos aclararlo.
Un saludo.
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- Zaron
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CS: 500.000
menos los 50.000 de SDNE = 450.000 PN
Pero que es mi humilde opinión, no soy muy apañada con la conta la verdad...
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Yo creo que es justo esto que te comentan, ya que tienes que utilizar el Patrimonio neto, incrementando en el importe del capital social no suscrito en este caso que figura en el balance con signo negativo. Queda de esa manera.Semevaelperol escribió: Yo creo que sería 9 porque en el PN ya aparecen descontados esos 50.000 de SDNE:
CS: 500.000
menos los 50.000 de SDNE = 450.000 PN
Pero que es mi humilde opinión, no soy muy apañada con la conta la verdad...
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- zumodemono
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Zaron escribió:
MrFormal escribió: Hola, me surge una duda acerca del cálculo del Valor teórico de una acción de acuerdo con el art 3.7 de la RICAC 5/3/2019
El supuesto (simplificando) sería algo así:
Una sociedad cuenta con un capital de 50.000 acciones de 10€ de valor nominal, quiere ampliar capital para recibir una aportación no dineraria tasada por el perito en 105.000€. El valor de emisión se hará en función del valor del PN de la entidad antes de la ampliación:
Patrimonio Neto....................................450.000
Capital social......................................500.000
Socios por desembolsos no exigidos...(50.000)
¿A la hora de calcular el valor teórico de las acciones antiguas, que será el valor de emisión de las antiguas cómo lo hacéis?
Entiendo que el VT es = PN/ número de acciones, 450.000/50.000, pero no tengo claro si hay que sumar el importe no desembolsado porque no entiendo bien el art 3.7 de la RICAC.
Gracias
Creo que el VT sería el siguiente: PNmercantil/nº de acciones ==> 500.000/50.000 = 10 €/acción
La parte no desembolsada supone el 10% (50.000/500.000), por tanto, habría que restarle a 10 ese 10% tal que ==> 10 - 0,1 = 9,9 €/acción
No sé si estoy en lo cierto o no, a ver si con la ayuda de más compis podemos aclararlo.
Un saludo.
Así lo haría yo también.
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a) El PN es el que figura en el balance corregido, en su caso, por el importe del CS y la prima de emisión clasificados como pasivo financiero y los desembolsos no exigidos de todas las acciones emitidas. ¿ Quiere decir esto que los 50.000 de SDNE se sumarían a los 450.000 de capital social?
Luego el apdo d) ' El importe que resulte de dividir el PN por el número equivalente de acciones o participaciones (minorado en las acciones o participaciones propias) se reducirá en su caso, en la cuantía de los desembolsos pendientes no exigidos'. ¿Según esto el VT sería ((450.000+50.000)÷ 50000)×0,9) ??
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MrFormal escribió: Es que tengo un lío de la leche. Según el arte 3.7 de la RICAC dice:
a) El PN es el que figura en el balance corregido, en su caso, por el importe del CS y la prima de emisión clasificados como pasivo financiero y los desembolsos no exigidos de todas las acciones emitidas. ¿ Quiere decir esto que los 50.000 de SDNE se sumarían a los 450.000 de capital social?
Luego el apdo d) ' El importe que resulte de dividir el PN por el número equivalente de acciones o participaciones (minorado en las acciones o participaciones propias) se reducirá en su caso, en la cuantía de los desembolsos pendientes no exigidos'. ¿Según esto el VT sería ((450.000+50.000)÷ 50000)×0,9) ??
El apartado a) que mencionas viene a decir que el patrimonio neto contable hay que corregirlo, sumándole esas cantidades. Por eso en el caso que has propuesto, al patrimonio neto contable (450.000) hay que sumarle los desembolsos no exigidos (50.000), y por tanto respondiendo a tu pregunta, sí, se sumarían 450.000 + 50.000
El apartado d) dice que al importe resultante de dividir (Patrimonio Neto ajustado) / (nº de acciones minorado en las acciones o participaciones propias) habría que restarle la cuantía de los desembolsos pendientes. Como en este caso el desembolso pendiente es del 10% y el Valor teórico son 10€/acción, lo que yo entiendo es que a 10 hay que restarle 0,1, dando un valor de 9,9 (que no es lo mismo que multiplicar 10 por 0,9, que saldría 9)
Esto es lo que yo entiendo.
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MrFormal escribió: El desembolso no exigido es de 50.000 lo que supone un 10% del capital social (500.000). Es decir de cada 10€ de VN por acción queda por aportar 1€. Luego no se donde sacas que hay que restar 0,1 en todo caso se restaría 1, al menos yo lo veo así
Tiene más sentido como dices tú, es decir, una vez calculado el valor teórico de la acción, (en nuestro caso es de 10 €) como falta un 10% del desembolso, lo multiplicaríamos por 0,9. Sin embargo, yo en lugar de hacerlo así, le he restado 0,1 porque así lo he visto en un libro de casos prácticos, es decir, que cuando obtiene el valor teórico, si quedase el 10% de desembolsar, lo que hace es restar 0,1 al valor teórico en lugar de multiplicarlo por 0,9.
No sé cual de las 2 formas es la correcta, a ver si otros compañeros nos sacan de dudas.
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Zaron escribió:
MrFormal escribió: El desembolso no exigido es de 50.000 lo que supone un 10% del capital social (500.000). Es decir de cada 10€ de VN por acción queda por aportar 1€. Luego no se donde sacas que hay que restar 0,1 en todo caso se restaría 1, al menos yo lo veo así
Tiene más sentido como dices tú, es decir, una vez calculado el valor teórico de la acción, (en nuestro caso es de 10 €) como falta un 10% del desembolso, lo multiplicaríamos por 0,9. Sin embargo, yo en lugar de hacerlo así, le he restado 0,1 porque así lo he visto en un libro de casos prácticos, es decir, que cuando obtiene el valor teórico, si quedase el 10% de desembolsar, lo que hace es restar 0,1 al valor teórico en lugar de multiplicarlo por 0,9.
No sé cual de las 2 formas es la correcta, a ver si otros compañeros nos sacan de dudas.
Quizás restaba 0,10 porque el valor era 1€ (1€ x 10%=0,1), pero vaya, restarle al VT directamente un porcentaje (10€-10%), no le veo ningún tipo de sentido

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OpoCTH escribió:
Zaron escribió:
MrFormal escribió: El desembolso no exigido es de 50.000 lo que supone un 10% del capital social (500.000). Es decir de cada 10€ de VN por acción queda por aportar 1€. Luego no se donde sacas que hay que restar 0,1 en todo caso se restaría 1, al menos yo lo veo así
Tiene más sentido como dices tú, es decir, una vez calculado el valor teórico de la acción, (en nuestro caso es de 10 €) como falta un 10% del desembolso, lo multiplicaríamos por 0,9. Sin embargo, yo en lugar de hacerlo así, le he restado 0,1 porque así lo he visto en un libro de casos prácticos, es decir, que cuando obtiene el valor teórico, si quedase el 10% de desembolsar, lo que hace es restar 0,1 al valor teórico en lugar de multiplicarlo por 0,9.
No sé cual de las 2 formas es la correcta, a ver si otros compañeros nos sacan de dudas.
Quizás restaba 0,10 porque el valor era 1€ (1€ x 10%=0,1), pero vaya, restarle al VT directamente un porcentaje (10€-10%), no le veo ningún tipo de sentido
Sí, es posible que fuera por eso! Ya que el VN en el ejemplo que yo digo era de 1 €, entonces lo mismo por eso le resta 0,1.
Claro, es que yo tampoco le veo sentido el restarle un %, por eso me parecía raro y por eso estamos aquí debatiéndolo jeje gracias por la aclaración!
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- Zaron
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