¿normativa aplicar en los exámenes de la oposición?¿la vigente el día del examen o la vigente a la fecha de la convocatoria de la Oposición?

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4 años 10 meses antes - 4 años 10 meses antes #81524 por Normatividad
Hola chicos,

En el segundo examen de agentes, sabéis si se toma como referencia la Ley vigente en el momento del examen o la de la fecha en que ponga el supuesto? Por ejemplo, el SII entró en vigor en julio de 2017. Si nos ponen un supuesto de IVA del año 2016, los plazos de presentación de autoliquidación mensual serían hasta el día 20 o se contestaría en base a la legislación actual y se pondría de plazo hasta el 30?
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4 años 5 meses antes - 4 años 5 meses antes #89955 por rascayusas
El Lunes 11 de Marzo de 2019 salió en el BOE la Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de una serie de modificaciones que se van a realizar en los criterios contables de instrumentos financieros y contabilidad de sociedades.

Va a ser de obligatorio cumplimiento a partir del año 2020, pero ya es de cumplimiento opcional.

La pregunta es: ¿Qué criterio usaremos en el examen de contabilidad venidero de TH?

Esta pregunta también vale por ejemplo para los temas del tercer examen. ¿Si el examen es en 2020 qué reglamento de IRPF usamos, el de 2019 o el de 2020?

Esta es la eterna pregunta, porque yo siempre he oído que se aplica la normativa a fecha de la convocatoria, que en este caso será 2019.

1% inspiración, 99% transpiración
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4 años 5 meses antes #89972 por BlueSister
Siempre es la fecha del examen, por lo tanto tendrías que aplicar la resolución de instrumentos financieros

Técnico de Auditoria y Contabilidad OEP 2021

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4 años 5 meses antes - 4 años 5 meses antes #89977 por Romi

rascayusas escribió: El Lunes 11 de Marzo de 2019 salió en el BOE la Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de una serie de modificaciones que se van a realizar en los criterios contables de instrumentos financieros y contabilidad de sociedades.

Va a ser de obligatorio cumplimiento a partir del año 2020, pero ya es de cumplimiento opcional.

La pregunta es: ¿Qué criterio usaremos en el examen de contabilidad venidero de TH?

Esta pregunta también vale por ejemplo para los temas del tercer examen. ¿Si el examen es en 2020 qué reglamento de IRPF usamos, el de 2019 o el de 2020?

Esta es la eterna pregunta, porque yo siempre he oído que se aplica la normativa a fecha de la convocatoria, que en este caso será 2019.


Yo creo que se aplica la normativa vigente a fecha del examen.
En el examen de conta si aplicas la resolución 5/03/2019 no te lo pueden poner mal de ninguna manera porque es lo que esta vigente y la que hay que usar en 2020 "fecha del examen", es decir que si haces aplicación del resultado del ejercicio 2019 durante 2020 la tienes que usar, yo la voy aplicar.
Otra cosa es que no la uses y te lo pongan bien por lo que dices de la fecha de convocatoria, pero eso ya no lo sé. Otra opción es preguntar por mail cuando salga la convocatoria.
Lo del IRPF pues lo mismo si hay alguna modificación, pues habrá que aplicarla en la fecha que entre en vigor. Aunque si te fijas no se complican mucho la vida, y en los supuestos del tercero de este año la fechas eran de 2018. Así que yo creo que para este año podrás usar IRPF 2019, en todo caso no te preocupes si hay alguna modificación en 2020 lo pondrá desde cuando se tiene que aplicar, tranquilidad :) .
Esperemos que de aquí a final de año no les de por modificar ningún impuesto, y si modifican en 2020 no creo que afecte a los devengados en 2019.... Y no tiene mucho sentido que nos pongan impuestos devengados en 2020 si el examen es en junio, no lo veo.

Saludos
Última Edición: 4 años 5 meses antes por Romi.

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